Campaña por la defensa del derecho a la protesta

Blog de la Campaña por la defensa a la protesta social, realizada por organizaciones de trabajadores y trabajadores, grupos de derechos humanos y organizaciones sociales venezolanas

martes, 3 de mayo de 2011

Convocatoria Encuentro Nacional por el Derecho a Defender Derechos

¿Cuál es la situación del derecho a la manifestación pacífica en Venezuela?, ¿De qué manera se vinculan los diferentes sectores movilizados en el país? , ¿Cuál es la respuesta de las instituciones?, ¿Cuáles han sido las estrategias y mecanismos más exitosos? , ¿Cómo se puede revertir la criminalización de la protesta?

El encuentro “Por el derecho a defender derechos” es un espacio para compartir y hacer un balance de las diferentes experiencias de lucha por la exigencia y disfrute de derechos humanos en Venezuela.

Fecha 12 de Mayo de 2011
Lugar: Sala E, Universidad Central de Venezuela
Horario: 9:00 a.m. a 1:00 p.m.

9:00- 9:20 a.m.- Presentación y palabras de Bienvenida, por parte de autoridades UCV y Provea

9:20 – 9:40 a.m. Contexto Nacional: Análisis de 10 años del ejercicio del Derecho a la Manifestación pacífica y Protestas en Venezuela. Marianna Bellalba. Espacio Público

9.40 – 10:00 a.m. Defendiendo el Derecho a la Seguridad Social. José Chacón, Presidente de la Asociación de Jubilados de la CANTV (Artículo 86 CRBV)

10:00 – 10:20 a.m. Defendiendo El Derecho a la Educación.  Diego Scharifker. Presidente de la FCU-UCV (Artículo 102 CRBV)
                            
10:20 - 10:40 a.m. Preguntas y Respuestas. Comentarios

10:40- 11:00 am Defendiendo el Derecho Indígena, Derecho a la Tierra y Demarcación del territorio. Sabino Romero. Cacique Yukpa y Lusbi Portillo. Defensor DDHH (Artículo 119 CRBV)

11:00 – 11:20 am. Defendiendo los Derechos Laborales. Leonel Grissett, dirigente sindical de SIDOR. Caso: Transportes Camila. (Artículo 87 CRBV)

11:20 – 11:40 a.m. Preguntas y Respuestas. Comentarios

11:40 – 12:00 m Refrigerios

12:00 -12:20 pm  Defendiendo el Derecho a la Salud. Experiencia del Centro Integral Comunitario de Salud. Cooperativa Cecosesola – Barquisimeto (Artículo 83 CRBV)

12:20 – 12:40 pm  Internacional de Resistentes a la Guerra (IRG) Charles Howard Clark, presidente IRG.  Experiencias exitosas en manifestaciones pacíficas en cultura de paz.

12:40 – 1:00 pm   Preguntas y respuestas. Despedida

1:00 pm Palabras de Despedida

Organizado por Provea. Con el apoyo del Centro para la Paz y la Integración  de la UCV, Comisión de Derechos Humanos de la Federación de Centros Universitarios de la UCV, Espacio Público, portal web Conflictove, periódico El Libertario, Organización Nelson Garrido

Video promocional: Encuentro Nacional "Por del Derecho a Defender Derechos"

miércoles, 13 de abril de 2011

Lo que debes saber cuando vayas a participar en una protesta.

Información y recomendaciones para protección en protestas sociales

En caso de detención:

La policía solo puede detener:

  • Por orden judicial
  • Cuando se está en “flagrante delito”

Derechos en caso de detención:

  • Ser informado las razones de la detención.
  • Quedar a la orden del Ministerio Público dentro de las 12 horas siguientes a la detención; quien lo presentará antes de las 36 horas del Juez de Control.
  • Tiene derecho a guardar silencio durante el interrogatorio policial. (CRBV art. 49 ordinal 5º)
  • Leer el acta de detención y no firmarla si no se está de acuerdo. Es preferible hacerlo en presencia de su abogado.
  • A ser asistido por abogado de su confianza.
  • A no ser incomunicado.
  • No ser torturado -golpes, insultos, amenazas, humillaciones-. (CRBV art. 46)

· Ser informado las razones de la detención.

· Permanecer en un centro de detención policial (no en cualquier lugar), salvo el tiempo necesario para el traslado.

· Las mujeres solo pueden ser revisadas por otra mujer.

Sobre las marchas y manifestaciones:

Para realizar una marcha es preferible solicitar garantías policiales ante la primera autoridad civil, el Alcalde, las cuales obligatoriamente se concederán. No se trata de una autorización, si no de una notificación. Por ello la respuesta no puede ser negativa, salvo por motivos probados de seguridad o sanidad pública.

Durante la marcha es conveniente llevar cámaras fotográficas o de video para registrar cualquier abuso policial. Estos registros pueden servir como pruebas para demostrar que el accionar ha sido pacífico.

Uso de la fuerza por parte de la policía:

La policía, antes de usar la fuerza, debe hacer advertencias y persuadir a los manifestantes de forma respetuosa y amable.

Ante las manifestaciones públicas la policía no puede usar armas de fuego ni gases tóxicos por mandato constitucional. En caso de que la protesta se tornara violenta y la policía tuviese que usar la fuerza deberá cumplir con las normas establecidas sobre uso de la fuerza en la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional y los principios generales de actuación policial

Artículo 12. Los cuerpos de policía actuarán con estricto apego y respeto a los derechos humanos consagrados en la Constitución de la República, en los tratados sobre los derechos humanos suscritos y ratificados por la República y en las leyes que los desarrollen.

Artículo 15. Los cuerpos de policía actuarán en proporción a la gravedad de la situación y al objetivo legítimo que se persiga, de conformidad con la Constitución de la República y la ley.

Artículo 68. El uso de la fuerza por parte de los cuerpos de policía estará orientado por el principio de afirmación de la vida como valor supremo constitucional y legal, la adopción de escalas progresivas para el uso de la fuerza en función del nivel de resistencia y oposición del ciudadano o ciudadana, los procedimientos de seguimiento y supervisión de su uso, entrenamiento policial permanente y difusión de instructivos entre la comunidad, a fin de facilitar la contraloría social en esta materia. El traspaso en el uso de la fuerza mortal sólo estará justificado para la defensa de la vida del funcionario o funcionaria policial o de un tercero.

Artículo 70. Los funcionarios y funcionarias policiales emplearán la fuerza física con apego a los siguientes criterios:

1. El nivel del uso de la fuerza a aplicar está determinado por la conducta de la persona y no por la predisposición del funcionario o funcionaria.

2. El uso diferenciado de la fuerza implica que entre la intimidación psíquica y la fuerza potencialmente mortal, el funcionario o funcionaria graduará su utilización considerando la progresión desde la resistencia pasiva hasta la agresión que amenace la vida, por parte de la persona.

3. El funcionario o funcionaria policial debe mantener el menor nivel del uso de la fuerza posible para el logro del objetivo propuesto.

4. En ningún momento debe haber daño físico innecesario, ni maltratos morales a las personas objeto de la acción policial, ni emplearse la fuerza como forma de castigo directo.

Cómo identificar a los agentes policiales:
Para prevenir y denunciar los abusos, es importante identificar a los agentes policiales, averiguando los siguientes datos. Si son varios, pedir al agente que se encuentre al mando:

  • Apellidos y nombre (salvo los que pertenecen a unidades especiales, todos deben llevar su apellido en el pecho)
  • Los policías están obligados a identificarse.

Artículo 66. Los funcionarios y funcionarias policiales están obligados u obligadas, durante el ejercicio de sus funciones, a utilizar los uniformes, insignias policiales y equipos autorizados, así como portar los documentos de identificación que los acrediten como funcionarios y funcionarias. El uniforme, insignia policial y equipo autorizado deberá encontrarse debidamente identificado de modo visible, con mención expresa al funcionario o funcionaria y cuerpo de policía al cual pertenece, estando obligados a identificarse a solicitud de las personas. Quedan a salvo las normas especiales sobre agentes encubiertos e inteligencia policial.

Además:

  • Evitar realizar actos de violencia durante dichas marchas o movilizaciones.
  • Evitar tener cualquier objeto contundente, tales como palos o piedras en las marchas.
  • En caso de producirse una detención, los demás manifestantes deben buscar inmediatamente asesoría legal para los detenidos.
  • Indagar inmediatamente sobre el destino de los detenidos.
  • En caso de ser maltratado físico al momento de su detención pedir inmediatamente reconocimiento médico legal a fin de que sea constatado e informar en la primera oportunidad que se pueda al fiscal de turno siempre debe haber un fiscal de turno).

Continúa criminalización: Ahora imputan cuatro dirigentes sindicales más

La Fiscalía de Tumeremo, estado Bolívar, imputó a cuatro directivos del sindicato de trabajadores de la empresa mixta Venrus por su participación en una protesta laboral que ocurrió en febrero de este año.

El Ministerio Público acusó a Edward López, secretario general del sindicato de esa empresa, José Infante, secretario de Reclamos, Rubi Chirinos, secretario de Actas y Alan Ortega, secretario de Organización de los presuntos delitos de agavillamiento, interrupción del acceso al trabajo e instigación a delinquir.

López señaló que la imputación tiene su origen en una protesta laboral ocurrida el pasado 21 de febrero que paralizó por 11 días las operaciones de la empresa aurífera, pero alegó que él y los otros dirigentes acusados por la Fiscalía llegaron al día siguiente de iniciada la protesta.

Calificó como una aberración el proceso judicial que la Fiscalía de Tumeremo intenta poner en marcha. Ahora los imputados, junto a sus abogados, deberán revisar sus casos para responder a las cargas, tras lo cual la Fiscalía decidirá si existen razones suficientes para acusar a López, Infante, Chirinos y Ortega ante los tribunales. Por los delitos que han sido imputados, y en caso de llegar a ser juzgados, los dirigentes podrían enfrentar penas de hasta cinco años de prisión.

La querella fue iniciada por denuncias entregadas por uno de los abogados de la empresa minera y por representantes del destacamento de la Guardia Nacional de la zona, según indica el expediente.

López recordó que, junto a sus compañeros del sindicato, fue despedido previamente de Venrus, pese a que legalmente todos cuentan con protección por sus condiciones de sindicalistas activos.

Aseguró que la imputación representa un castigo no sólo por la protesta laboral de febrero pasado, sino también por las denuncias sobre el extravío de 28.500 toneladas de oro de Venrus.

“Los trabajadores son sometidos a un terrorismo laboral por parte de la presidenta de Venrus. Además, no sabemos a dónde va el oro”, dijo.

López indicó que sectores de Venrus están paralizados, luego de que el comité de seguridad industrial decidiera interrumpir las operaciones por presentar condiciones laborales inseguras.

La minera está conformada por el conglomerado ruso Agapov, a través de Rusoro Mining de Venezuela, y la Empresa de Producción Social Minera Nacional, adscrita al Ministerio para las Industrias Básicas y Minería.

Fuente: El Universal, 13.04.11

miércoles, 9 de junio de 2010

ONG denuncian la criminalización de la protesta social en Venezuela

Para representantes de COFAVIC y Sinergia, el deterioro institucional en el país representa un grave riesgo para los derechos humanos Franklin Brito es un agricultor venezolano que ha realizado varias huelgas de hambre en protesta por las leyes agrarias del Gobierno de Hugo Chávez, que en represalia le quitó sus tierras. El último de los ayunos lo realizó cerca de la sede de la OEA en Caracas y después de varias semanas, una madrugada de diciembre del año pasado fue sacado a la fuerza por funcionarios del Estado con una supuesta orden judicial en la que se declaraba su insania y fue ingresado en la unidad de psiquiatría del Hospital Militar.
A pesar de que varios médicos privados habían demostrado que está en pleno uso de sus facultades mentales, y de que la legislación interna prevé que cuando hay un problema de locura son los familiares quienes se hacen cargo del paciente, se ha prohibido a la familia tener el control de la situación y que lo revisen otros médicos. Su situación es precaria. Es un hombre de 190 centímetros de estatura que pesa 49 kilos. Y aunque es un caso entre miles, es el que más preocupa a las ONG venezolanas. Según afirman, se han desatendidos todas las medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y ni siquiera el delegado de la OEA ni la Cruz Roja han podido visitarle.
"En Venezuela, hay una creciente utilización del sistema judicial para criminalizar la protesta pacífica", denuncia Liliana Ortega, miembro fundador de COFAVIC , organización no gubernamental para la protección y promoción de los derechos humanos. Ortega cita este caso emblemático, que no solo afecta a una persona sino que ha hecho sufrir enormemente a una familia, pero actualmente en Venezuela unas 3.000 personas son sometidas a juicio por participar en alguna protesta social. Sindicalistas, luchadores sociales, defensores de derechos afrontan un proceso por reclamar mejoras en la salud, en los servicios básicos o por el desabastecimiento. Muchos están en libertad, pero con condiciones: no pueden salir del país, no pueden hablar de sus casos. Se les acusa de obstrucción de vías públicas o alteración del orden público. Según sectores de la oposición, este es el nuevo plan del Gobierno de Chávez para afianzar el movimiento que llama "Socialismo del siglo 21" y que pasa además por reformas a las leyes de educación, de prensa o de cooperación internacional.
Y se enmarca además en lo que Ortega y su compañero de la ONG de defensa de la sociedad civil Sinergia, Feliciano Reyna, califican de "la profundización del deterioro institucional en el país" producto de la concentración de poderes de Chávez. "Y cuando hay debilitamiento en la separación de poderes hay un grave riesgo para los derechos humanos", afirman en conversación con el EL PAÍS.

Grupos parapoliciales e intimidación
En Venezuela, de 10 casos de violaciones de derechos humanos presentados ante las autoridades, en ocho las víctimas no ven a un juez. "No tienen posibilidad de ser escuchadas y permanecen en fase preliminar de investigación durante años", asegura Ortega. Aunque las violaciones de derechos humanos es algo endémico en Venezuela, se ha visto acrecentado, según denuncian, por la proliferación de grupos parapoliciales a nivel nacional.
"El promedio de casos que reconoce el Estado venezolano de presuntas ejecuciones al año en Venezuela está en torno a los 600. Estamos hablando de casos, no de víctimas. No podemos saber si en esos 600 casos hay 600 víctimas o 1.200 porque un caso puede tener más de dos personas. Pero esta cifra es mucho más alta que Colombia, donde se cuenta el promedio anual de casos cometidos de paramilitares es de 200", dice Ortega.
Pero lo peor no es eso. De esos 600 casos, casi el 98,5% no llegan a juicio, es decir que las posibilidades de una condena son casi nulas. ¿Las víctimas? En su mayoría jóvenes pobres, de zonas urbanas, no mayores de 25 años, muchos con antecedentes policiales o de drogodependencia que son llevados al límite por estos grupos parapoliciales. ¿El resultado? Desapariciones forzadas o ejecuciones extrajudiciales, explican. Pero la pesadilla no acaba ahí. La búsqueda de justicia la han asumido las mujeres, madres, hijas, hermanas, un hecho histórico en América Latina, ciertamente, pero con la diferencia que en Venezuela el siete de cada 10 denunciante son objeto de amenazas, hostigamiento y de acusaciones criminales.
¿Y qué pasa con las ONG en Venezuela? Reyna, de Sinergia, ofreció datos de un estudio que se publicará a finales de este mes sobre el Índice de la Sociedad Civil -proyecto de la organización Civicus pero coordinado desde Venezuela. "De 113 organizaciones con las que tuvimos interacción para el proyecto mas del 80 % expresa que no tiene espacio de diálogo con el Gobierno nacional. En su mayoría son organizaciones de desarrollo social, aunque hay algunas de derechos humanos que buscan una posibilidad de interactuar por distintas vías y no obtienen respuesta".

Según el presidente de Sinergia, "hay este intento de ir imponiendo un proyecto que por su propia naturaleza es discriminatorio. Basta con que se exprese alguna inconformidad para ser segregado con base a la idea de este proyecto de construcción del socialismo".
Ortega, por su parte, informa de que en los últimos tres años se han documentado 32 defensores de derechos humanos hostigados, amenazados o criminalizados y resalta la muerte de dos defensores en 2009. Asimismo, cuenta, las organizaciones están sufriendo una constante asfixia, ya sea por el impedimento de la cooperación internacional, la presión política y una campaña de medios que criminalizan a las ONG, las trabas para el registro de nuevos grupos de derechos, y sobre todo, por la intimidación. (El País, http://www.elpais.com/articulo/internacional/ONG/denuncian/criminalizacion/protesta/social/Venezuela/elpepuint/20100609elpepuint_16/Tes)

domingo, 23 de mayo de 2010

Reportaje: El que protesta muere

Enredados en lentos procesos judiciales, los más recientes casos de asesinatos en manifestaciones callejeras corren peligro de pasar inadvertidos. Estamos ante la reaparición de una tendencia. De acuerdo con Provea durante la gestión del actual gobierno se habían producido muertes en manifestaciones pacíficas en dos períodos: 1999-2000 y 2004-2005. Desde 1999 y hasta septiembre de 2009 la data de la organización de derechos humanos Provea registra 16 personas asesinadas por organismos de seguridad en el marco de manifestaciones callejeras, además de los 19 muertos que cuentan en el contexto de los sucesos de abril de 2002. Protestar, se sabe, en este país se ha tornado peligroso, especialmente por la marcada tendencia a usar mecanismos de la justicia para criminalizar el ejercicio de ese derecho. De acuerdo con Provea durante la gestión del actual gobierno se habían producido muertes en manifestaciones pacíficas en dos períodos: 1999-2000 y 2004-2005. Ahora, desde 2008 la cuenta macabra vuelve a sumar y no está exenta de tinte político. A continuación algunas de esas lamentables historias que parecen diluirse en la vorágine del día a día y entre el papeleo judicial que no es noticia.